En la denuncia Iveth Emilia Quesada Ugalde, abogada de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), pidió investigar disciplinariamente a tres representantes del MPF por presuntas irregularidades en el manejo de pruebas, traslados y exámenes médicos del ciudadano ruso Konstantin Rudnev.
La abogada costarricense Iveth Emilia Quesada Ugalde (CIDH) presentó ante la Procuración General de la Nación una denuncia disciplinaria contra el fiscal general Oscar Fernando Arrigo, titular de la Sede Fiscal Descentralizada de San Carlos de Bariloche, en el marco de la causa que tiene como imputado al ciudadano ruso Konstantin Rudnev. La presentación también solicita investigar la actuación de los fiscales Tomás Labal y Révora, ambos intervinientes en distintas instancias del expediente.
Quesada Ugalde actúa, según indicó, con autorización expresa de Rudnev y en coordinación con su defensa técnica argentina a cargo de Martín Sarubbi. La presentación invoca la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal y el Reglamento Disciplinario para Magistrados del organismo, y aclara expresamente que no busca que la Procuración revise la corrección jurisdiccional de las resoluciones dictadas en la causa, sino que se investigue la conducta funcional de los fiscales.
El escrito sostiene que existiría un “patrón de actuación dirigido a sostener la prisión intramuros del señor Rudnev mediante argumentos fácticamente inexactos, omisión de elementos favorables, oposición injustificada a alternativas médicamente seguras y restricciones al ejercicio efectivo de la defensa”.
La denunciante remarcó que no toda postura fiscal contraria a la defensa constituye una falta disciplinaria, pero consideró que la acumulación de los hechos relatados justifica una investigación independiente.
Entre los puntos centrales de la denuncia figura el cuestionamiento a la afirmación fiscal de que Rudnev habría sido detenido con dos pasajes aéreos simultáneos, dato que la defensa asegura es falso y que habría sido utilizado para reforzar la hipótesis de riesgo de fuga.

También se cuestiona la referencia a 131 pastillas secuestradas a terceras personas, que según el escrito arrojaron resultado negativo en la pericia pero habrían continuado siendo mencionadas como sustancias psicotrópicas para sostener un cuadro de mayor gravedad.
La presentación también pone en discusión la hipótesis de una organización criminal estructurada bajo el liderazgo de Rudnev, construida, según la denunciante, a partir de la coincidencia temporal de ingresos al país de distintos ciudadanos rusos.
La denuncia pide determinar si los fiscales diferenciaron adecuadamente entre hechos acreditados, inferencias y meras hipótesis al momento de solicitar restricciones a la libertad del imputado.
El traslado terrestre de Rudnev y sus consecuencias médicas
Uno de los capítulos más fuertes del escrito refiere al traslado de Rudnev desde la Unidad Nº 6 de Rawson hasta su domicilio en San Vicente, realizado por vía terrestre durante más de veinte horas, sin camilla y en posición sentada.
La defensa había solicitado que el traslado se realizara por vía aérea, ofreciendo incluso costear los gastos, y la Policía Federal Argentina había informado que podía poner a disposición una aeronave institucional sujeta a autorización judicial.
Según el escrito de recusación que cita la denuncia, fue el fiscal Labal quien se habría opuesto a esa alternativa, solicitando sucesivas precisiones administrativas sobre la aeronave.
La denuncia incorpora un informe del cirujano Julio César Bellido, fechado el 5 de junio de 2026, que consideró verosímil que el traslado terrestre prolongado, sin camilla y con movilidad limitada, hubiera provocado complicaciones en la hernia inguinal recientemente operada, documentando además una colección líquida en la zona quirúrgica que requirió estudios adicionales.
Cuestionamientos sobre el estado de salud y las restricciones a la defensa
El escrito también rebate la idea de que Rudnev se hubiera negado sistemáticamente a someterse a exámenes médicos. La denuncia incorpora una declaración escrita del propio Rudnev, del 13 de mayo de 2026, en la que habría solicitado expresamente ser examinado por la hernia inguinal antes de cualquier traslado. La cirugía finalmente se realizó el 26 de mayo de 2026, con diagnóstico de hernia inguinoescrotal voluminosa con contenido intestinal, lo que para la denunciante confirma que el cuadro de salud invocado no era instrumental, como había sugerido la fiscalía.
La presentación detalla además un dictamen médico-legal del 29 de mayo de 2026 que documenta canal cervical estrecho con cuadriparesia, cardiopatía hipertensiva y riesgo de accidente cerebrovascular, y señala que el alta quirúrgica contraindicaba expresamente traslados prolongados y el alojamiento en establecimientos penitenciarios. Pese a esa documentación, según la denuncia, el Ministerio Público Fiscal continuó impulsando el regreso de Rudnev a prisión.
Otro de los hechos denunciados refiere a una audiencia testimonial en la que la fiscalía habría dispuesto restricciones como mantener cámaras y micrófonos apagados, exigir que las preguntas de la defensa fueran remitidas con anticipación y evaluadas por la propia fiscalía, e impedir que los imputados presenciaran el acto. La denunciante sostiene que estas decisiones podrían haber afectado la contradicción, la igualdad de armas y el derecho de defensa.
La presentación también cuestiona la valoración fiscal sobre la capacidad económica atribuida a Rudnev, al señalar que las sumas de dinero y los bienes mencionados durante la investigación no fueron secuestrados al propio imputado ni figuraban a su nombre, así como las objeciones sobre el domicilio donde cumplía el arresto, que la defensa describe a solo doce minutos del centro de San Vicente.
Entre las medidas solicitadas a la Procuración General, la denuncia pide la preservación inmediata de prueba documental y digital, la designación de un fiscal superior ajeno a la sede de Bariloche para supervisar las decisiones vinculadas a la salud y custodia de Rudnev mientras se sustancia la investigación, y que se garantice la participación de un intérprete ruso-español en cualquier instancia futura. También requiere que se reciba declaración a los abogados defensores y al cirujano que documentó las consecuencias del traslado.
En su petitorio final, la presentación solicita formalmente que se investigue si los hechos relatados configuran faltas disciplinarias leves, graves, o eventualmente una causal de enjuiciamiento, y deja planteada la posibilidad de ampliar la denuncia si se incorporan nuevos documentos o informes médicos. La denunciante remarcó que las medidas pedidas buscan “proteger la objetividad institucional y prevenir daños irreparables”, y no constituyen una sanción anticipada contra los funcionarios mencionados.
Con esta presentación ante la Procuración General de la Nación, la causa Rudnev suma un nuevo frente institucional: al cuestionamiento sobre la conducta de los fiscales intervinientes se agregan ahora los planteos judiciales en trámite y las apelaciones internacionales que el expediente ya venía generando en las últimas semanas.
