En declaraciones para el documental emitido por los sitios Sumario Noticias y Canal de las Noticias, el defensor de la Gremial de Abogados y Abogadas reconstruyó el proceso que terminó con la condena de Facundo Jones Huala a cinco años y dos meses.
Denunció una detención sin orden judicial, una prisión preventiva renovada cada tres meses sin pruebas concretas y un traslado a la cárcel de Rawson, a 800 kilómetros de su familia. Aseguró además que la fiscalía que conduce Fernando Arrigo condicionó el retiro de un recurso contra su traslado a Esquel a la firma del acuerdo: “Lo terminaban apretando”.
Para Gustavo Franquet, el acuerdo que cerró la causa contra Facundo Jones Huala no fue una negociación entre iguales. En declaraciones realizadas para el documental emitido por los sitios de noticias Sumario Noticias y Canal de las Noticias, el abogado de la Gremial de Abogados y Abogadas sostuvo que el juicio abreviado firmado con la fiscalía que encabeza Fernando Arrigo fue el punto final de un proceso diseñado para desgastar al detenido. “Es una herramienta de extorsión”, afirmó, al reconstruir una causa que, según su relato, comenzó con una detención ilegal, siguió con una prisión preventiva sin pruebas y se agravó con el traslado a una cárcel a 800 kilómetros de su familia.
Todo empezó en febrero de 2025, cuando Jones Huala presentó en una biblioteca popular de Bariloche su libro Entre rejas, antipoesía incendiaria, escrito durante su detención en Chile. Franquet recordó que lo hizo en un momento de fuerte impacto emocional por la muerte reciente de su hermano. Allí reivindicó acciones de sabotaje contra empresas, algo que, según el abogado, “era una declaración política como había hecho en otros momentos”. Ese mismo mes, el Ministerio de Seguridad lo denunció con el video de YouTube como prueba y lo incluyó, junto con la RAM, en el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo (REPET).
En abril le notificaron que estaba siendo investigado, pero no le informaron por qué: la causa estaba bajo reserva hasta el 10 de junio. Jones Huala se presentó con sus abogados ante la fiscalía. “Es importante esto, porque quiere decir que cuando tuvieron que notificar a Facundo no tuvieron ningún inconveniente: se notificó con sus abogados y se presentó”, subrayó Franquet. Sin embargo, antes de que venciera ese plazo, fue detenido.
“La detención fue absolutamente irregular e ilegal”, sostuvo. Según explicó, el propio informe de la Policía Federal incorporado al expediente revela que lo seguían desde hacía tiempo, lo fotografiaban y lo filmaban. “Lo siguen, él toma un micro a El Bolsón, van hasta la boletería, preguntan si Facundo compró un pasaje. Compró un pasaje como todos nosotros, con su nombre y su documento”, relató. Al bajar en El Bolsón, cerca de las 9 de la noche, fue detenido sin orden judicial y sin flagrancia.
El abogado remarcó que ni siquiera la fiscalía buscaba detenerlo: el día anterior había pedido al juez prorrogar la reserva de la investigación. “Un juez no ordenó la detención, tampoco un fiscal ordenó la detención. Nadie de la Justicia ordenó la detención. Desde el Poder Ejecutivo, con la policía, decidieron detenerlo”, afirmó. La autorización judicial llegó cuatro horas después, de madrugada y por WhatsApp. “Si esto lo vieran organismos internacionales, podrían calificarlo como una detención ilegal. Pero además es ilegal desde el punto de vista de la legalidad argentina”, agregó.

Una acusación improvisada y una preventiva sin pruebas
Según Franquet, la detención obligó a la fiscalía a formular “una acusación muy improvisada” en la audiencia de 72 horas. Intentó usar como prueba expedientes de otras causas atribuidas a la RAM en distintas provincias, algo que el juez rechazó, aunque, cuestionó el abogado, terminó indicándole a la fiscalía que acusara sobre la base de lo dicho en la biblioteca. De las imputaciones iniciales quedaron la apología del delito y dos figuras de asociación: los artículos 210 bis y 213 bis del Código Penal. La dirección de la investigación estuvo siempre a cargo de Arrigo, mientras que buena parte de las audiencias fueron sostenidas por la fiscal Ángela Pagano Mata.
La prisión preventiva se prorrogó cada 90 días. Consultado sobre si la fiscalía aportó pruebas concretas para sostenerla, Franquet fue tajante: “Nosotros creemos que no, realmente no”. Recordó que incluso le secuestraron el teléfono a la abuela de Jones Huala por sospechar que él lo usaba, sin resultados. Y que la fiscalía llegó a admitir ante el Tribunal de Revisión de General Roca que lo que investigaba era la existencia de la RAM, no a Jones Huala. “Mientras tanto lo tenían en prisión preventiva cuando estaban investigando otra cosa que no era él”, denunció, y agregó que algunos de los hechos mencionados ocurrieron cuando su defendido estaba preso en Chile.
Para el abogado, la acusación nunca superó el plano del relato. “Pagano Mata usa una frase muy común entre los abogados, que es la teoría del caso. Ellos armaron un relato y en el relato van mechando cositas que encuentran: indicios, cosas que dijo Facundo en una conversación. Pero eso no significa una solidez probatoria de la imputación”, explicó. Y advirtió sobre el margen que el sistema les deja a los jueces: “Eso es gravísimo, porque termina en la cárcel y condenado alguien para el que no tienen ninguna prueba de lo que lo están acusando”.
Franquet describió además una lógica que, según su experiencia, empuja a las personas a aceptar acuerdos. “Cuanto más tiempo lo tienen en prisión preventiva, más difícil que después lo absuelvan, porque tienen que justificar todo el tiempo que lo tuvieron preso”, sostuvo. Y cuestionó el rol de los jueces de garantías en el nuevo sistema acusatorio: “Se supone que es un juez distante que garantiza. No garantiza nada; también piensan como los fiscales“.
Jones Huala: a 800 kilómetros de su familia
Tras la audiencia inicial, Jones Huala fue enviado a la Unidad 6 de Rawson, una cárcel de máxima seguridad a 800 kilómetros de su lugar de residencia, pese a que la Unidad 14 de Esquel está mucho más cerca. “Son gente trabajadora, humilde. La mayoría de su familia nunca pudo ir a verlo en todo este año y pico que estuvo preso. Su mamá fue muy pocas veces y su abuela, una sola vez”, relató el abogado.
Franquet sostuvo que ese traslado viola estándares que Argentina está obligada a respetar. “La prisión preventiva siempre es excepcional, pero en el caso de los miembros de los pueblos originarios es recontra excepcionalísima, porque el desarraigo no solamente se produce de la familia sino de las comunidades“, explicó. Y recordó que la Corte Interamericana ya condenó a la Argentina en el caso López por alojar a personas detenidas a cientos de kilómetros de sus familias: “No puede ser que vuelvas a hacer lo mismo. Ya te lo dijeron”.
El pedido de traslado a Esquel derivó en meses de trámites, audiencias postergadas y respuestas del Servicio Penitenciario Federal que, según el abogado, “nunca son jurídicas, siempre son ideológicas y políticas”. “En los hechos termina siendo como un apriete al detenido para desgastarlo, para mostrarle que no le van a dar nada. El que ha estado preso sabe que esas cosas generan un grado de ansiedad y de angustia permanente. Lo van acorralando“, describió. Jones Huala llegó a una huelga de hambre seca, sin comida ni agua, que obligó a trasladarlo dos veces al hospital de Rawson. Recién en julio de este año fue llevado a Esquel.
La negociación con la fiscalía de Arrigo
Allí apareció, según Franquet, el elemento de presión decisivo. La fiscalía había presentado un recurso de casación y recusaciones para revertir el traslado a Esquel, con una audiencia fijada para el día siguiente a la firma del acuerdo. “Se puso sobre la mesa que si se firmaba el acuerdo y se homologaba, ellos retiraban el recurso de casación. Lo terminaban apretando de una manera”, afirmó. A eso se sumó, según relató, la negativa del Servicio Penitenciario a permitir el ingreso de una machi, autoridad espiritual mapuche, a la que Jones Huala quería consultar antes de decidir.
La primera oferta fue de cinco años y seis meses bajo el artículo 210 bis, que implicaba admitir que la RAM era una organización con estructura militar, células en varias provincias y vínculos con la CAM chilena. “La fiscalía estaba pidiendo que asuma que prácticamente era una organización terrorista similar a las FARC, con vínculos internacionales y formación militar, algo de lo que no tenía ninguna prueba”, denunció. Jones Huala se negó y aceptó finalmente cinco años y dos meses bajo el 213 bis, que, según su abogado, solo implica repetir lo que siempre dijo públicamente: que la RAM existió y que él perteneció a ella. Arrigo fue personalmente a la cárcel de Esquel a firmar el acuerdo, que luego fue presentado ante el juez, quien pidió 15 minutos y lo homologó.
¿Por qué aceptar? Franquet explicó que, por la reincidencia derivada de la condena en Chile y las agravantes, un juicio por el 210 bis “no iba a terminar con una pena menor de 10 años, seguro”, y que la fiscalía incluso había planteado aplicar el agravante del artículo 41 quinquies. “Nadie puede confiar en los jueces. Yo como abogado no le voy a decir a nadie que arriesgue 10 o 15 años de su libertad confiando en que vamos a poder demostrar la inocencia. Para un mapuche, ninguna posibilidad”, sostuvo. Y concluyó: “Pensar que Facundo no se iba a llevar una condena de 10 años para arriba, ni de casualidad”.
Al cierre de su testimonio para el documental de Sumario Noticias y Canal de las Noticias, consultado sobre si sigue convencido de que su defendido habría sido condenado a muchos años sin pruebas de haber rechazado el abreviado, Franquet no dudó: “Absolutamente. Y Facundo también”. Las denuncias sobre la ilegalidad de la detención, la falta de pruebas, las presiones en la negociación y la actuación de la fiscalía corresponden al abogado defensor y no constituyen, por sí mismas, determinaciones judiciales; la condena de Jones Huala fue homologada el 16 de septiembre por la Justicia federal de Bariloche.
