El fiscal que acusa a Rudnev enfrenta cuestionamientos en tres causas simultáneas: la preocupación de organismos de derechos humanos

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Fernando Arrigo es el fiscal a cargo del caso Rudnev, pero también aparece en la causa del líder mapuche Jones Huala y en el expediente por la muerte de Franco Casco.

En los tres casos, defensores y observadores internacionales señalan irregularidades en el manejo de la evidencia y uso desproporcionado de la prisión preventiva. La defensa de Rudnev formalizó su recusación por “falta absoluta de objetividad”.

Cuando Alessandro Amicarelli, presidente de la Federación Europea para la Libertad de Creencias y abogado internacional de derechos humanos, publicó en junio de 2026 su análisis sobre el exceso prosecutorial en Argentina, dedicó varios párrafos a una figura que concentra la atención de defensores locales e internacionales: el fiscal Fernando Arrigo, jefe de la Fiscalía Descentralizada de Bariloche.

Arrigo es el rostro visible de la acusación contra Konstantin Rudnev, pero su nombre aparece también en otras causas que generaron controversia pública y que, según Amicarelli, revelan un patrón preocupante en el manejo de investigaciones penales complejas.

Fiscal
Fernando Arrigo, el fiscal que acusa a Konstantín Rudnev.

La defensa de Rudnev tomó nota de esa preocupación y la formalizó dentro del expediente. En mayo de 2026, los abogados Martín Sarubbi y Ramón Giménez presentaron un pedido formal de recusación contra los fiscales Arrigo, Labal y Révora, a quienes acusaron de haber perdido “toda objetividad” en el desarrollo de la investigación.

El escrito sostiene que la conducta de los representantes del Ministerio Público Fiscal durante las últimas audiencias demuestra una actitud “obstinada” orientada únicamente a perjudicar a los imputados. “Existe una absoluta falta de objetividad. La actuación fiscal persigue perpetuar una prisión preventiva innecesaria, irrazonable y desproporcionada”, afirmó Sarubbi en el escrito.

Uno de los episodios que la recusación describe con mayor detalle ocurrió durante las audiencias vinculadas al traslado de Rudnev desde Rawson hacia el domicilio de San Vicente donde debía cumplir el arresto domiciliario.

Sarubbi había ofrecido solventar completamente un traslado aéreo para evitar un viaje terrestre de casi 24 horas, dado el delicado estado de salud del imputado.

Existía predisposición de organismos de seguridad para facilitar el operativo. La Policía Federal llegó incluso a ofrecer una aeronave de su flota institucional. Sin embargo, la fiscalía se opuso.

“Lo único que ofrecíamos era evitar un perjuicio de imposible reparación. La oposición fiscal demostró una actitud de oponerse por oponerse”, afirmó el abogado.

Un fiscal en el centro de las miradas

Pero la recusación va más lejos. La defensa denunció que durante la audiencia testimonial donde debía declarar una testigo clave, la fiscalía impuso condiciones que calificó de “ilegales y violatorias del derecho de defensa”: que las partes permanecieran con cámaras y micrófonos apagados durante toda la declaración y que presentaran previamente un pliego escrito de preguntas.

Eso vulnera la oralidad propia del sistema acusatorio y obligaba a revelar anticipadamente la estrategia defensiva”, sostuvieron los abogados.

 Además, los imputados fueron excluidos de la audiencia, utilizando normas vinculadas a la reserva de identidad de testigos protegidos que, según la defensa, no guardaban ninguna relación con el caso.

El cuestionamiento más grave que emerge del escrito de recusación apunta al tratamiento del testimonio de la presunta víctima.

Según la defensa, la mujer señalada por la fiscalía como víctima del delito de trata declaró formalmente que no fue víctima de coerción, explotación ni violencia. Los fiscales no estuvieron presentes durante esa audiencia testimonial. Tampoco asistió el juez. “Sabían de antemano que ella iba a declarar en contra de la construcción fiscal”, sostuvo Sarubbi.

“Ella explicó que terminó convertida en víctima por la propia actuación de la fiscalía”, agregó el defensor. Para la defensa, la ausencia deliberada de los fiscales tuvo como objetivo “vaciar de valor práctico” un testimonio que derrumba el eje central de la acusación.

Esta conducta no es aislada según el análisis de Amicarelli. El artículo en The European Times señala que la propia mujer presentó una denuncia ante el Fiscal General contra Arrigo y otros fiscales, acusándolos de forzarla a reconocerse como víctima y someterla a diversas formas de presión. La denuncia fue remitida a la propia Fiscalía y archivada rápidamente por falta de mérito.

“Esto ilustra un problema estructural serio: en el sistema fiscal argentino, las denuncias contra fiscales son ineficaces y los funcionarios no asumen responsabilidad por sus actos, incluso en casos de presunto abuso de poder”, escribió el abogado internacional.

El segundo expediente que vincula a Arrigo con señalamientos similares es la causa del líder mapuche Facundo Jones Huala. Según el análisis de Amicarelli, medios de comunicación y defensores de derechos humanos documentaron en ese caso una serie de irregularidades: divulgación prematura del arresto, extensiones automáticas de la prisión preventiva sin cargos formales, negativa a trasladar al detenido a un establecimiento más adecuado a sus condiciones de salud y politización del caso.

Cuando el juez Ezequiel Andreani ordenó el traslado de Jones Huala a Esquel, la Fiscalía de Bariloche presentó una apelación firmada por Arrigo que paralizó la ejecución de la decisión. Durante una huelga de hambre, Jones Huala debió ser trasladado de urgencia a terapia intensiva con hemorragias internas graves.

“Los críticos argumentan que la fiscalía ignoró estas consecuencias”, escribe Amicarelli.

El tercer expediente es el de la muerte de Franco Casco, un joven que desapareció en Rosario en 2014 tras ser detenido por la policía y cuyo cuerpo fue hallado en el río Paraná. La familia y organizaciones de derechos humanos denunciaron torturas y desaparición forzada.

Arrigo participó en esa investigación, ampliamente cuestionada por irregularidades y manejo deficiente de la evidencia forense. Los policías involucrados fueron absueltos. Posteriormente, presentaron una denuncia ante el Fiscal General acusando a Arrigo de falsificación de pruebas. Esa denuncia permanece paralizada.

“Esto genera la impresión de que no existe voluntad de avanzar”, señala Amicarelli, quien aclara expresamente que no toma posición sobre el fondo del caso sino sobre el problema procesal: cuando los fiscales manejan mal la evidencia, el resultado puede ser la condena de inocentes o la absolución de culpables.

En el caso Rudnev, el patrón que describen la recusación y el análisis internacional tiene consecuencias concretas y documentadas. Rudnev fue arrestado el 28 de marzo de 2025 en el aeropuerto, sin que se le presentara una orden de detención, sin que los agentes se identificaran y sin que se le leyeran los cargos.

Fue sometido a un registro corporal, le confiscaron todas sus pertenencias y fue trasladado a la Unidad 6 de Rawson, donde permaneció diez días en aislamiento con una camiseta, comiendo pan y bebiendo agua de la canilla.

Recién doce días después pudo consultar a un abogado. Todos estos datos fueron descritos por la abogada Patricia Duval en su presentación ante la ONU.

Catorce meses después de ese arresto, Rudnev salió de Rawson con más de cincuenta kilogramos menos, debió ser operado de manera urgente y continúa en recuperación. “Rudnev entró a prisión como un hombre saludable. Después de catorce meses de condiciones inhumanas en la Unidad 6, salió prácticamente discapacitado”, escribió Amicarelli.

El abogado señala que el frío extremo al que fue sometido durante los allanamientos en su celda, la falta de condiciones sanitarias básicas y una inmunidad ya deteriorada por once años de prisión en Rusia convirtieron cada día adicional en un riesgo para su vida. “A pesar de esto, el fiscal continúa insistiendo en su retorno a prisión”, agregó.

El análisis de Amicarelli también encuadra el caso dentro de un patrón más amplio de aplicación expansiva de la figura de trata de personas por parte de PROTEX y fiscales influidos por ese enfoque.

El artículo cita el caso del pastor evangélico Roberto Tagliabué, absuelto en octubre de 2025 por el juez federal Roberto Falcone después de tres años de prisión preventiva bajo cargos de trata para explotación laboral y persuasión coercitiva.

Falcone no encontró base fáctica para la narrativa construida por la fiscalía y cuestionó el uso acrítico de informes del Programa Nacional de Rescate que clasificaban a miembros de la iglesia como víctimas sin verificar sus circunstancias.

Para Amicarelli, ese caso y el de Rudnev responden a la misma lógica: “una cultura fiscal que privilegia la ideología sobre la evidencia”.

Específicamente en relación a la causa por trata de personas contra Rudnev, su abogado Martin Sarubbi sostiene: “No se puede sostener una causa ignorando deliberadamente la prueba que contradice la teoría fiscal. No hay mensajes, instrucciones ni evidencia material de una organización. Las causas penales deben analizar hechos concretos, no construcciones mediáticas”.

El cierre del artículo de Amicarelli en The European Times interpela directamente a las más altas esferas del Poder Ejecutivo argentino. “El Presidente de Argentina, el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Seguridad tienen ahora la oportunidad de corregir esta situación. Deben garantizar que fiscales, jueces y otros funcionarios actúen estrictamente dentro de la ley y respeten plenamente los derechos humanos, los principios del juicio justo y la dignidad humana de todos los participantes en los procesos judiciales. Un sistema de justicia que respeta los derechos humanos es esencial para una sociedad democrática. Es hora de que Argentina reafirme ese compromiso”, escribió el abogado internacional.

Una conclusión que resuena con particular fuerza en el contexto de una causa que lleva más de quince meses sin lograr acreditar el delito que la sostiene.


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