El juez Martín Cormick hizo lugar a los amparos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional, la Universidad de Buenos Aires y otras universidades y ordenó al Gobierno aplicar de inmediato la Ley 27.795. El fallo de la Justicia cuestionó que el Poder Ejecutivo condicionara mediante un decreto una norma ratificada por el Congreso tras el veto presidencial. El Gobierno ya anunció la apelación.
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 11 declaró inconstitucional parte del Decreto 759/2025, mediante el cual el Gobierno de Javier Milei había condicionado la aplicación de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario, y ordenó al Poder Ejecutivo avanzar de manera inmediata con su cumplimiento y con el giro de los recursos correspondientes a las universidades nacionales.
La resolución fue dictada por el juez Martín Cormick, quien hizo lugar a las acciones de amparo promovidas por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), la Universidad de Buenos Aires (UBA) y otras instituciones universitarias. En su decisión, el magistrado sostuvo que el Ejecutivo no podía promulgar formalmente una ley y, al mismo tiempo, impedir su aplicación a través de un decreto.
El conflicto se originó luego de que el Gobierno argumentara que la Ley de Financiamiento Universitario no podía ser ejecutada debido a la falta de fuentes específicas para cubrir los gastos que establecía. Para fundamentar esa posición, el Ejecutivo había invocado el artículo 5° de la Ley 24.629, que establece que “toda ley que autorice gastos no previstos en el presupuesto general debe especificar las fuentes de los recursos a utilizar para su financiamiento”.
Sin embargo, el juzgado consideró que ese argumento no resultaba suficiente para impedir la aplicación de la norma y sostuvo que la propia Ley 27.795 contemplaba mecanismos para afrontar los gastos previstos.
El Gobierno ya avisó que apelará el fallo que ordenó el inmediato cumplimiento de la ley y recurrirá ante la Justicia la decisión del juez federal Martín Cormick, que declaró inconstitucional el decreto de Javier Milei que frenó la aplicación de la norma y ordenó su cumplimiento inmediato.
El Congreso había ratificado la ley tras el veto
Uno de los puntos centrales del fallo fue el tratamiento que tuvo la Ley de Financiamiento Universitario en el Congreso. Cormick remarcó que el Parlamento había ratificado la norma con las mayorías de dos tercios establecidas por la Constitución Nacional, luego de que el Poder Ejecutivo decidiera vetarla.
A partir de ese antecedente, el magistrado cuestionó que el Gobierno volviera a condicionar la entrada en vigencia de la ley mediante el Decreto 759/2025. Según la interpretación expresada en la sentencia, esa decisión del Ejecutivo operó en los hechos como una nueva instancia de veto sobre una norma que ya había sido ratificada por el Congreso.
Para la Justicia, una vez que el Parlamento insiste con la sanción de una ley con las mayorías constitucionalmente requeridas, el Poder Ejecutivo no cuenta con una nueva instancia de veto para impedir posteriormente su aplicación.

La Justicia ordenó aplicar la Ley de Financiamiento Universitario
La sentencia dispuso que el Poder Ejecutivo debe cumplir de manera inmediata con la Ley 27.795 y adoptar las medidas reglamentarias y administrativas necesarias para garantizar su efectiva implementación.
La resolución también ordenó que se realice el giro de los recursos correspondientes a las universidades nacionales, en cumplimiento de las disposiciones establecidas por la legislación de financiamiento universitario.
Además, el juez Cormick impuso las costas del proceso al Estado Nacional.
De esta manera, el fallo volvió a poner bajo análisis judicial la estrategia del Poder Ejecutivo para condicionar la aplicación de leyes aprobadas por el Congreso que tienen impacto presupuestario, en este caso en el sistema de universidades nacionales.
